
Servicios de la oficina en Guatemala
La oficina atiende asuntos fiscales, legales, notariales y contables de personas y empresas.
Defensa fiscal y tributaria
Asesoramos a contribuyentes, personas individuales y empresas, que reciben un requerimiento, una auditoría o un ajuste de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Qué hacemos en la vía administrativa
- Revisamos la notificación y la documentación contable y fiscal que la sustenta.
- Preparamos el memorial de descargos con argumentos legales, contables y pruebas.
- Presentamos el recurso de revocatoria contra la resolución que determina el ajuste o la sanción.
Qué hacemos en la vía judicial
- Promovemos el proceso contencioso administrativo contra la resolución firme de la SAT.
- Acudimos a la casación y al amparo cuando corresponden.
- Atendemos el juicio económico coactivo con el que el Estado cobra los ajustes firmes.
Prevención
Revisamos de forma preventiva su cumplimiento fiscal, para corregir a tiempo lo que pueda convertirse en un conflicto.
También atendemos solicitudes de devolución de crédito fiscal y asesoramos a exportadores.
Derecho penal tributario
Atendemos únicamente los procesos penales que nacen de asuntos tributarios. No atendemos delitos del orden común.
Un conflicto con la SAT puede pasar de una multa a una denuncia penal cuando hay indicios de delito. Pagar el impuesto no libera de la responsabilidad penal.
Los delitos tributarios están en el Código Penal (Decreto 17-73) y el proceso se rige por el Código Procesal Penal (Decreto 51-92).
Defensa en delitos tributarios
- Analizamos si los hechos son una infracción administrativa o un delito.
- Lo acompañamos en la primera declaración y en cada audiencia del proceso.
- Preparamos el análisis contable y las pruebas que sustentan la defensa.
- Defendemos en la etapa intermedia, el debate y las impugnaciones.
Defensa y consultoría técnica
El Licenciado Arriola es abogado defensor en procesos penales tributarios. Por su título de Contador Público y Auditor, también puede actuar como consultor técnico en procesos donde el análisis contable y el jurídico se complementan.
Antes de llegar al proceso
Revisamos su situación fiscal para corregir a tiempo lo que pueda interpretarse como un delito. Lea nuestra guía sobre la diferencia entre infracción y delito tributario.
Amparo e inconstitucionalidad de leyes
El amparo protege a las personas contra las amenazas, restricciones o violaciones a los derechos que garantizan la Constitución y las leyes. También restaura esos derechos cuando la violación ya ocurrió (artículo 265 de la Constitución).
Procede contra el poder público, incluidas las entidades descentralizadas y autónomas. También procede contra entidades reconocidas por ley, como partidos políticos, asociaciones, sociedades, sindicatos y cooperativas (artículo 9 del Decreto 1-86).
Se pide dentro de los 30 días siguientes a la última notificación o a la fecha en que usted conoció el hecho que le perjudica. Durante el proceso electoral, y solo en materia electoral, el plazo es de 5 días (artículo 20).
Antes de pedir amparo deben agotarse los recursos ordinarios judiciales y administrativos, salvo los casos que la ley establece (artículo 19). Al presentarlo se puede pedir la suspensión provisional del acto reclamado, que el tribunal también puede decretar de oficio (artículos 24 y 27).
Inconstitucionalidad de leyes
En un caso concreto, la inconstitucionalidad se plantea dentro del proceso como acción, excepción o incidente, hasta antes de la sentencia, incluso en casación. Si prospera, la ley no se aplica en ese caso (Constitución, artículo 266; Decreto 1-86, artículos 116 y 117).
Contra una ley, un reglamento o una disposición de carácter general, se plantea directamente ante la Corte de Constitucionalidad. Si prospera, la norma queda sin vigencia desde el día siguiente a la publicación del fallo en el Diario Oficial (Constitución, artículo 267; Decreto 1-86, artículos 133 y 140).
Estas acciones se rigen por la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad (Decreto 1-86).
Cómo le ayudamos
- Analizamos si el acto, la resolución o la ley afecta sus derechos y qué vía procede.
- Preparamos y planteamos el amparo frente a actos de autoridad, incluidos los de la SAT.
- Planteamos la inconstitucionalidad dentro de su proceso o ante la Corte de Constitucionalidad.
- Lo acompañamos en cada etapa del trámite.
Derecho civil y mercantil
El Código Civil (Decreto-Ley 106) regula las relaciones entre particulares. El Código de Comercio regula la actividad de los comerciantes. El Código Procesal Civil y Mercantil (Decreto-Ley 107) fija el procedimiento de sus conflictos.
Personas y familias
- Escrituras de compraventa, hipotecas y otros actos sobre bienes inmuebles.
- Testamentos y procesos sucesorios, por la vía notarial o judicial.
- Contratos civiles y obligaciones entre particulares.
Empresas y comerciantes
- Contratos mercantiles de distribución, arrendamiento, compraventa y servicios.
- Títulos de crédito como pagarés y letras de cambio.
Cuando hay conflicto
- Juicios ejecutivos para cobrar deudas documentadas.
- Juicio ordinario para exigir el cumplimiento de un contrato civil o el pago de una indemnización. Si el asunto es de menor cuantía, se tramita en juicio oral.
- Juicio sumario para los conflictos que nacen de contratos mercantiles. También para la rescisión de contratos, el arrendamiento y la desocupación.
- Contestación de demandas, pruebas, audiencias y recursos.
Derecho de familia
La Constitución protege a la familia y reconoce los mismos derechos a todos los hijos. El Código Civil regula las relaciones entre sus integrantes.
En qué asuntos le asesoramos
- Matrimonio, régimen económico del matrimonio y unión de hecho.
- Divorcio, por mutuo acuerdo o contencioso.
- Pensión alimenticia: fijación, aumento, reducción y cobro.
- Guarda, custodia y régimen de visitas.
- Patria potestad, y los casos de suspensión, pérdida o limitación.
- Reconocimiento de hijos y filiación.
Las normas de familia son de orden público: las partes no pueden modificar por simple convenio los derechos y obligaciones que la ley fija.
Le explicamos las opciones de su caso antes de iniciar cualquier gestión.
Derecho laboral
El Código de Trabajo (Decreto 1441) y la Constitución protegen al trabajador y fijan las obligaciones del patrono.
Para trabajadores
- Despido injustificado e indemnización.
- Cálculo y reclamo de liquidaciones: vacaciones, aguinaldo, Bono 14 y salarios pendientes.
- Acoso y discriminación en el trabajo.
Para empleadores
- Contratos de trabajo y reglamentos internos.
- Cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social.
En las audiencias
Acompañamos la conciliación ante la Inspección General de Trabajo y atendemos los juicios ante los tribunales de trabajo y previsión social.
Constitución de sociedades
Constituimos sociedades anónimas y otras sociedades mercantiles, inscribimos comerciantes individuales y creamos asociaciones y organizaciones no gubernamentales.
- Redactamos la escritura constitutiva.
- Inscribimos las sociedades y los comerciantes individuales en el Registro Mercantil.
- Inscribimos las asociaciones y las organizaciones no gubernamentales en el Registro de las Personas Jurídicas (REPEJU).
- Atendemos la inscripción y las obligaciones fiscales iniciales ante la SAT.
Le acompañamos también en los cambios posteriores, como aumentos de capital y nombramientos.
Notariado
El Licenciado Arriola ejerce como notario en Guatemala y autoriza los instrumentos públicos que su trámite requiere.
- Escrituras públicas y actas notariales.
- Testamentos y procesos sucesorios por la vía notarial.
- Legalizaciones y protocolizaciones.
Si usted vive en Canadá, también preparamos sus documentos para Guatemala; consulte los servicios notariales desde Canadá.
Contabilidad de empresas
Llevamos el registro ordenado de las ventas, las compras, los ingresos y los egresos de su empresa, para cumplir con la SAT y para que usted decida con información razonable.
- Facturación electrónica en línea (FEL) y libros de compras y ventas.
- Libros contables y estados financieros.
- Declaraciones mensuales y anuales de IVA e ISR, según su régimen: pequeño contribuyente, opcional simplificado o sobre utilidades.
- Obligaciones de seguridad social ante el IGSS.
Una contabilidad ordenada es la mejor defensa ante cualquier revisión de la SAT.
Auditorías fiscales
Comprobamos si su empresa cumple con el Código Tributario, la Ley del IVA y la Ley de Actualización Tributaria.
Le mostramos qué encontraría la SAT en una fiscalización y corregimos a tiempo lo que no cumple.
